BASES Y CONDICIONES DEL SORTEO “Encuesta de Calidad”

  1. SABER S.A., con domicilio legal en San Martin 554, Bernal (el “Organizador”), organiza la promoción denominada “Encuesta de Calidad Saber Salud 2025” (el “Sorteo”), que tendrá vigencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires (el “Territorio”), del 29 de mayo de 2025 al 30 de junio de 2025 (“Plazo de Vigencia”) y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”).
  2. Podrán participar en el Sorteo los interesados que reúnan los siguientes requisitos:
    (a) Sean personas humanas mayores de 18 años afiliadas a SABER SALUD,
    (b) Residan en el Territorio, y
    (c) Completen, durante el Plazo de Vigencia, el formulario del Sorteo, que obrará en la página https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe7F7kwCIz6feR_LF7l37W41Ltl62MW864CdNl-_q0wmHXzLw/viewform?usp=sharing&ouid=107872006688152590808, con los datos personales requeridos en el formulario (“Datos Personales”) y una encuesta de satisfacción (“Encuesta”). Cada participante podrá participar del sorteo en una (1) sola oportunidad.
  3. Cumplidos los pasos especificados en el punto 2., precedente, los Participantes quedarán automáticamente registrados para participar del sorteo incluido en la Promoción (“Sorteo”), con una (1) chance.
  4. El Sorteo se llevará a cabo el día 1 de julio de 2025, a las 12:00 hs., en San Martin N° 554, Bernal, Quilmes, Provincia de Buenos Aires, con una herramienta informática que elegirá al azar a un (1) Participante (“Potencial Ganador”), quien podrá ganar una (1) una gift card de Pertutti, sito en calle Lavalle 489, Quilmes Centro. El premio tendrá vigencia hasta el 31 de octubre de 2025 y se entregará una Gift Card por San Martín 554 (oficina comercial) para hacer el premio efectivo. Transcurrido dicho plazo, la Gift Card caducará automáticamente y su poseedor no tendrá derecho a reclamo o compensación alguna. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de lo enumerado en estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y su Potencial Ganador no podrá requerir su canje por dinero ni por ningún otro bien o servicio distinto de lo ofrecido.
  5. El Potencial Ganador será notificado de su carácter de tal mediante el envío de un mail dirigido a la dirección electrónica informada entre sus Datos Personales y deberá comunicarse para reclamar la asignación del Premio al teléfono 4229-4664, dentro de los cinco (5) días de notificado, de lunes a viernes, en días hábiles, de 10:00 a 16:00 horas. Si el Organizador no lograra notificar al Potencial Ganador después de realizar al menos dos (2) intentos, separados cada uno por no menos de treinta (30) minutos, el Potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado.
  6. La falta de reclamo de la asignación del Premio en la forma y dentro del plazo establecido en el punto precedente, hará perder a ese Potencial Ganador, automáticamente, el derecho a su asignación. El Premio no asignado quedará en propiedad de SABER S.A.
  7. La Gift Card será entregada en la oficina comercial (San Martín 554, Bernal) a su ganador y notificado mediante un mail dirigido a la dirección de correo electrónico que indique en el formulario, dentro de las (48) hs. de asignada y podrá ser utilizada a partir de las (24) horas de su recepción.
  8. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba pagarse al estado nacional, sociedades del estado u otros entes gubernamentales, provincias o municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega del Premio y los gastos en que incurra el Potencial Ganador para reclamar la asignación y/o utilizar el Premio, estarán a su exclusivo cargo.
  9. Para participar en el sorteo no es necesaria la adquisición de bienes o de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna al Organizador.
  10. Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en SABER S.A., con domicilio en San Martin 554 de Bernal, Quilmes, provincia de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N.º 25.326. El titular de los Datos tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la ley N.º 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. El titular de los Datos podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, enviando un e-mail a contacto@sabersalud.com.ar. Siendo los Datos Personales necesarios para la participación del Sorteo, el ejercicio del derecho de retiro o bloqueo total o parcial de sus Datos durante el Plazo de Vigencia implicará la exclusión del Participante de la Promoción.
  11. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de los registros realizados por los Participantes, los que podrán asimismo ser descalificados.
  12. El Potencial Ganador autorizará al Organizador, como condición para la asignación del Premio, a difundir sus datos personales, domicilios, imagen y voz, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, incluida la difusión que el Organizador realice en las cuentas que posea en redes sociales, sin derecho a compensación alguna, hasta transcurridos tres (3) años de la finalización del Plazo de Vigencia.
  13. No podrán participar de la Promoción ni hacerse acreedores al Premio: (i) Personas jurídicas, (ii) Menores de edad, (iii) Personas domiciliadas fuera del Territorio, ni (iv) Personal del Organizador, de sus sociedades vinculadas, de sus concesionarios, de sus agencias de publicidad o promociones, sus cónyuges ni los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de los anteriormente mencionados.
  14. La probabilidad matemática de ganar un Premio dependerá de la cantidad total de Participantes que participen del Sorteo. En el supuesto de que se registren 900 Participantes, la probabilidad de los Participantes de resultar elegidos en ellos será de 1 en 900.
  15. El Organizador no otorga ninguna garantía distinta de la garantía legal establecida en la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, con relación a los Premios puestos en juego ni será responsable por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Sorteo.
  16. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos durante el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia del Sorteo.
  17. La participación en el Sorteo implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.
  18. Las Bases podrán ser consultadas, durante el Plazo de Vigencia, en el sitio Web https://www.sabersalud.com.ar/**encuesta2025**
  19. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes.